Publicado por: Neftalí Enoc Coroseo Pizarro

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Justicia
Región de Atacama
Ley 21.484

Resumen

Propongo modificar la ley para que las personas a quienes se les debe la pensión de alimentos puedan iniciar ellas mismas el cobro extraordinario, a través de una 'autodenuncia'. Esto eliminaría la actual burocracia de tener que esperar que el deudor realice el trámite, agilizando el proceso para que los pagos adeudados lleguen mucho antes a las familias.

¿A quién beneficia esta idea?

Los beneficiarios directos de esta propuesta serían todas las personas alimentarias, es decir, los cuidadores y cuidadoras que representan a los niños, niñas y adolescentes que tienen derecho a una pensión de alimentos. Con esto, busco ayudar a miles de familias que esperan por meses el pago de las deudas, asegurando que reciban los fondos que por ley les corresponden de una manera mucho más rápida y eficiente.

¿Qué problema resuelve esta idea?

El problema que busco abordar es la excesiva burocracia y la lentitud en los trámites del Proceso Extraordinario de pago de pensiones de alimentos adeudadas, según lo establece la Ley 21.484. Mi idea nace de la problemática de que los Tribunales de Familia exigen que sea el alimentante (el deudor) quien inicie el trámite en el portal del Poder Judicial, lo que retrasa injustamente el pago a quienes más lo necesitan y pone una barrera innecesaria en el proceso.

Idea en detalle

Modificar la Ley 21.484,para que los Alimentarios(as),puedan autodenunciarse y así los trámites de Proceso Extraordinario sean más expeditos y no con tanta Burocracia,porque según los Tribunales de Familia,es la o los Alimentantes,son quienes tienen que hacer este trámite en la página del PJUD.Adicionalmente la autodenuncia,facilita los tiempos en que la o  el Alimentante,puedan recibir en un plazo más breve el pago de la Pensión que se les adeuda.

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