Propuesta 1.3: Modificación al artículo 3 y 5 del Decreto N° 2.068 sobre sistema de evaluación
de programas estatales de DIPRES incorporando un mecanismo de suspensión de
financiamiento para programas que no subsanan deficiencias tras dos evaluaciones negativas,
con el fin de fortalecer significativamente la disciplina fiscal, la eficiencia del gasto público y la
rendición de cuentas.
Cuando se realiza el análisis comparado longitudinal entre los programas que sí aplicaron para
evaluación, y fueron catalogados como mal evaluados o de bajo desempeño, y los montos
asignados del presupuesto, se revela que el total MM$ invertidos entre 2022 – 2024 suma
157.282.551 MM CLP aproximadamente*.
* Base de datos de Informes de Evaluaciones, ingresar a: https://www.dipres.gob.cl/597/w3-propertyvalue-23076.html
Se propone la siguiente incorporación en el artículo 3 y 5 del Decreto mencionado:
“En caso de que los programas seleccionados, así como sus instituciones responsables, para
evaluación no subsanen los hallazgos identificados por el Comité Interministerial y/o por los
evaluadores expertos, dentro del plazo establecido por la Dirección de Presupuestos, y persistan
las deficiencias por un segundo período anual consecutivo, el Ministerio de Hacienda, previo
informe técnico de la Dirección de Presupuestos, podrá suspender total o parcialmente el
financiamiento de dichos programas en la siguiente Ley de Presupuestos”.