12. Agricultura: Protegiendo e impulsando nuestro granero nacional
12.8. Vamos a restaurar con propósito: menos aluviones, más agua limpia y ecosistemas vivos.

Propuesta 12.8: Programa nacional de restauración de cuencas hidrográficas mediante
Reforestación de riberas y recuperación de humedales para evitar impacto de aluviones y
mejorar calidad de agua.

El país dispone hoy de un marco institucional para ejecutar estas medidas. La Ley 21.744 creó
el Servicio Nacional Forestal (SERNAFOR) como servicio público del Ministerio de
Agricultura, fortaleciendo las capacidades para restauración, fiscalización y coordinación
intersectorial. Además, la restauración de humedales y riberas es reconocida
internacionalmente por su aporte a mitigación-adaptación climática y servicios ecosistémicos
críticos. En el contexto de nuestro programa, el objetivo general será restaurar tramos
estratégicos de riberas y humedales en cuencas hidrográficas del país, priorizando la reducción
del riesgo de aluviones y crecidas y la mejora de calidad del agua, mediante soluciones basadas
en la naturaleza y con coordinación del Ministerio de Agricultura y SERNAFOR, en
articulación con el Ministerio del Medio Ambiente. La financiación provendrá preferentemente
de las obligaciones de compensación asociadas a la desafectación DL 701 (plantación de nativo
2:1 y mantención), orientadas a riberas y humedales, con estándares de permanencia y
verificación por la autoridad competente.

Macro ejes del Programa:

  1. Enfoque y tipología de acciones. Restauración de riberas (bosque y matorral nativo,
    control de exóticas, estabilización biotécnica) y humedales (rehabilitación hidrológica,
    revegetación nativa, control de sedimentos), resguardando caudales ecológicos y conectividad.
    Estas intervenciones se conciben como soluciones basadas en la naturaleza para reducir picos
    de crecida y aluviones y mejorar calidad de agua, con co-beneficios en biodiversidad y clima.
  2. Gobernanza y coordinación. El Ministerio de Agricultura y SERNAFOR liderarán la
    planificación y ejecución; el Ministerio del Medio Ambiente coordinará lineamientos y
    coherencia con el Plan de Restauración de Paisajes y la normativa ambiental (SEIA).
    SERNAFOR fijará criterios técnicos de restauración, definirá riberas/humedales elegibles y
    fiscalizará el cumplimiento y la permanencia.
  3. Fuente de financiamiento y ejecución. Las intervenciones se financiarán y ejecutarán
    principalmente mediante las obligaciones de compensación derivadas de la desafectación de
    plantaciones exóticas bonificadas DL 701 (plantación 2:1 en nativo, mantención ≥10 años),
    redirigidas a restauración de riberas y humedales de cuencas. La autoridad condicionará la
    desafectación a proyectos de restauración específicos por cuenca con cronograma, mantención
    y verificación de desempeño. Esto minimizará el impacto fiscal, acelerará la ejecución y
    vinculará reconversión productiva con recuperación hidrológica.