Propuesta 13.1: Reforma normativa para la equidad territorial, eficiencia administrativa y
fortalecimiento comunitario en el financiamiento del deporte.
La Ley del Deporte N°19.712 y su reglamento no contemplan cláusulas de redistribución
automática de fondos no adjudicados. Si un concurso queda desierto, como el de FONDEPORTE,
los recursos pueden quedar sin ejecución o ser reasignados discrecionalmente. Tampoco se
establecen criterios explícitos de equidad territorial en la asignación de fondos. La ley no obliga a
distribuir proporcionalmente según vulnerabilidad, ruralidad o déficit de infraestructura.
El sistema de donaciones deportivas del IND establece que pueden postular organizaciones
definidas en el artículo 32 de la Ley del Deporte, incluyendo las Corporaciones Municipales y de
alto rendimiento. No obstante, en la práctica las donaciones se concentran en organizaciones con
mayor capacidad de formulación y redes de contacto con donantes privados, como clubes
profesionales o Fundaciones de zonas urbanas. El proceso exige evaluación técnica y económica
previa, lo que excluye a muchas organizaciones comunitarias sin asesoría especializada. Esto se
ve reflejado en los casos de comunas como Lonquimay (Araucanía), Camiña (Tarapacá) o
Guaitecas (Aysén), las cuales han tenido cero postulaciones exitosas en ciclos completos, a pesar
de contar con organizaciones deportivas registradas.
Sumado a esto, no existen incentivos diferenciados para donaciones dirigidas a zonas rurales o
comunidades vulnerables, ni mecanismos de compensación territorial.
1. Modificación a la Ley del Deporte (N°19.712).
- Incorporar criterios de equidad territorial en la asignación de fondos.
- Establecer mecanismos de redistribución automática de recursos no adjudicados.
- Crear un sistema de preselección técnica para acompañar a postulantes con baja
capacidad de formulación. - Obligar a publicar diagnósticos regionales de infraestructura y necesidades deportivas
como base para convocatorias.
2. Reforma al Reglamento de Donaciones con Fines Deportivos.
- Simplificar requisitos administrativos para organizaciones comunitarias y municipios.
- Ampliar el universo de donantes habilitados, incluyendo empresas regionales con
incentivos tributarios diferenciados. - Incluir cláusulas de trazabilidad e impacto social en la evaluación de proyectos.
- Permitir donaciones en especie (equipamiento, infraestructura, servicios técnicos) con
valorización fiscal.
3. Creación de un Fondo Nacional de Desarrollo Deportivo Comunitario
- Financiado por recursos públicos y privados.
- Focalizado en zonas urbanas vulnerables y rurales con baja cobertura deportiva.
- Administrado por una unidad técnica interministerial (Deporte, Desarrollo Social,
Hacienda).