15. Vivienda y Bienes de Chile
15.6. Ya no podemos seguir con el ‘que si, que no, que nunca te decides’ hacia las constructoras en inmobiliarias que buscan entregar soluciones de vivienda. Es sí o sí.

Propuesta 15.6: Establecer criterios asertivos pertinentes para la normativa comunal y regional
que dé certidumbre a las inmobiliarias para empujar la construcción de viviendas.

Un criterio clave que se implementará para dotar de pertinencia normativa a comunas y regiones
será que no se aplique la retroactividad de los planos reguladores en casos donde inmobiliarias ya
hayan adquirido los permisos correspondientes para edificar, e incluso iniciada la obra
propiamente tal. Para ello se revisarán los siguientes cuerpos jurídicos: Ley N° 21.078 sobre
Transparencia del Mercado del Suelo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (D.F.L. N°
458), Ley N° 19.778.