4. Seguridad, Crimen Organizado e Inteligencia
4.2. ¿Cuántos planes de seguridad hemos visto que terminan en nada? Alarmas, cámaras, patrullas sin atribuciones. Vamos a cambiar eso. Policía Municipal Armada: cuerpos locales, profesionales, armados, con poder real para enfrentar el microtráfico y el delito en las calles.

Propuesta 4.2: Evaluación de la creación la Policía Municipal Armada en Chile para fortalecer
la seguridad ciudadana desde la gestión local, dotando a los municipios de cuerpos policiales
profesionales, armados y coordinados con el Ministerio del Interior y/o de Seguridad, que
permitan el control efectivo de delitos en espacios públicos, la prevención de la delincuencia y
el combate al microtráfico en sus territorios.

a) Desarrollo y funcionamiento

1.Creación por Ley, de la Policía Municipal Armada. Propuesta de una Ley Orgánica
Constitucional que cree la Policía Municipal Armada, definiendo:

  • Sus competencias y limitaciones.
  • Su formación profesional.
  • Su dependencia administrativa directa de los municipios.
  • La regulación del porte y uso de armas.
  • Coordinación obligatoria con Carabineros, PDI y Fiscalía.

2. Centro Especializado de Formación Policial Municipal

  • Creación de un centro especializado en la formación de policías municipales con
    programas en derechos humanos, uso progresivo de la fuerza, prevención del delito,
    inteligencia territorial, resolución de conflictos, derecho penal y procesal penal, entre otras.
  • Duración formativa de 1 año, replicando estándares de academias internacionales.

b) Financiamiento

La forma de financiar este nuevo cuerpo policial viene de tres áreas, dividida principalmente en
dos:

Fondo Nacional de Seguridad Municipal administrado por la Subsecretaría de Desarrollo Regional
(SUBDERE) y el Ministerio del Interior y/o de Seguridad, que financiará la formación,
equipamiento, armamento, y sueldos base.

Financiamiento compartido:

  • 70% aporte estatal inicial.
  • 30% aporte municipal gradual según capacidad presupuestaria.

c) Control y fiscalización

  • Sistema de control externo mediante la Contraloría General de la República (como cada
    organismo del Estado).
  • Creación de un Consejo Ciudadano de Control Policial Municipal en cada comuna.
  • Auditoría anual de parte del Ministerio del Interior y/o de Seguridad, sobre su desempeño,
    objetivo y metas.

d) Articulación normativa

  • Reforma parcial a la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (Nº 18.695) para
    incluir las competencias policiales municipales.
  • Modificación del Código Penal y Procesal Penal para tipificar adecuadamente las
    competencias de detención y colaboración investigativa

e) Presupuesto estimado y pertinencia económica

  • Costo por “agente municipal” formado: $20.000.000.- (veinte millones de pesos) anuales.
  • Sueldo base mensual promedio: $1.200.000 (un millón doscientos mil pesos).
  • Equipamiento por oficial: $3.000.000 en implementación inicial (arma, uniforme,
    comunicación, transporte).
  • Se proyecta una dotación inicial de 5.000 oficiales a nivel nacional, con un presupuesto
    total inicial de implementación de $150.000.000.000 (ciento cincuenta mil millones de
    pesos) (USD 160 millones).
  • Se financiará con cargo al presupuesto de seguridad pública, reorientando partidas sub
    ejecutadas en seguridad ciudadana, y con contribución del Fondo Común Municipal.
  • Estudios demuestran que la inversión en seguridad tiene retornos económicos positivos, al
    reducir los costos asociados a la delincuencia: pérdidas materiales, atención en salud y
    judicialización. Según el Banco Interamericano de Desarrollo (BID, 2021), el costo del
    crimen en Chile alcanza el 3,1% del PIB, por lo que reducirlo impacta directamente en el
    crecimiento económico.