Propuesta 4.3: Modificar la Ley 21.601, que modifica la Ley de Tránsito, para ‘revivir autos’
de manera correcta en colaboración con compañías de seguro para cortarle la mano a las
organizaciones criminales que operan en el rubro automotriz.
Actualmente el artículo 192 prohíbe la circulación de vehículos con el número de identificación
del vehículo (VIN) o motor adulterado o borrado, quedando a disposición del mercado negro de
clonación y estafa a las compañías de seguros por parte de organizaciones criminales.
Los vehículos recuperados de robos que estén adulterados, ya sea de las compañías de seguro o de
una persona natural que no tenga seguro, puedan ‘volver a la vida’ su auto y puedan adquirir un
nuevo número de chasis previo peritaje por parte de Carabineros para comprobar que el vehículo
corresponde a la persona.