6. Sistema Penitenciario y Gendarmería
6.2. Quienes han dañado a la sociedad deben retribuirla. Proponemos que las personas privadas de libertad trabajen bajo supervisión estatal, prestando servicios tanto a privados como a organismos públicos. Porque la justicia no termina con la condena: empieza cuando el daño se trabaja.

Propuesta 6.2: Trabajo penitenciario obligatorio para que las personas privadas de libertad
retribuyan el daño social y económico causado por sus hechos punitivos. El trabajo podrá
prestarse a privados, bajo supervisión y control estatal, así como a organismos del Estado.

En efecto, mantener un reo por mes cuesta en promedio 983.424 CLP en cárceles tradicionales y
922.376 CLP en cárceles concesionadas; y menos del 30% de los internos accede a trabajo formal
dentro del recinto. Por lo cual es necesario explorar esta iniciativa sobre cómo el trabajo
penitenciario puede contribuir a reducir costos fiscales de la demanda penitenciaria.

Modificaremos el Código Penal para incorporar el trabajo penitenciario obligatorio en condenas
judiciales, así como la modificación del Decreto N° 934 del Reglamento Penitenciario.