Propuesta 9.1: Modificar el Decreto Ley N.º 825 para la implementación de la devolución del
IVA a medicamentos y eliminación definitiva del impuesto como política pública de acceso justo
a la salud.
El objetivo de la propuesta es un compromiso concreto, con alivio inmediato y una solución
estructural, cuidando la estabilidad fiscal y la implementación simple para las personas. Busca
garantizar que ninguna familia en Chile deba elegir entre su tratamiento médico y llegar a fin de
mes, sin sacrificar la sostenibilidad fiscal.
El elevado costo de los medicamentos en Chile limita el acceso a tratamientos, especialmente en
sectores de menores ingresos y en personas con enfermedades crónicas, afectando directamente la
continuidad de las terapias y la calidad de vida. El actual impuesto al valor agregado (IVA) del
19 % aplicado a estos bienes esenciales incrementa significativamente el gasto de bolsillo de miles
de chilenos y chilenas en salud. Este gasto, en proporción al ingreso familiar, es uno de los más
altos de la OCDE (Health at a Glance: OECD Indicators 2023; Estadísticas Económicas en Salud,
2025; Instituto de Salud Pública de la Universidad Andrés Bello, 2025).
Según datos del Ministerio de Salud y la Encuesta de Presupuestos Familiares, los hogares chilenos
destinan en promedio entre un 3 % y 5 % de sus ingresos a la compra de fármacos, cifra que puede
superar el 10 % en adultos mayores o pacientes con enfermedades de alto costo. El Banco Mundial
y la OPS han advertido que esta carga económica constituye una barrera de acceso que agrava
desigualdades sanitarias y presiona el sistema público, al aumentar la incidencia de complicaciones
prevenibles por falta de adherencia a tratamientos, una realidad de miles de familias.
A nivel internacional, países como Reino Unido, Canadá y Suecia aplican tasa 0% de IVA o tipos
reducidos a los medicamentos esenciales, combinando esta medida con regulación de precios y
promoción de genéricos, logrando mejorar la adherencia y reducir los gastos catastróficos en salud.
La propuesta contempla una etapa transitoria de 12 a 24 meses consistente en la devolución
mensual del IVA a todos los medicamentos con un tope fijo de $25.000 por persona (RUT),
mecanismo simple de activar gracias a la boleta electrónica nominativa y el catálogo de productos
registrados por el Instituto de Salud Pública (ISP). Por su parte, el Servicio de Impuestos Internos
(SII) calcularía y abonaría automáticamente la devolución a una cuenta registrada o mediante vale
digital, con reajuste trimestral según el IPC Salud y estrictos controles antifraude.
Como medida definitiva, se propone modificar el Decreto Ley N.º 825 para establecer la tasa 0
de IVA a medicamentos de uso humano, manteniendo el crédito fiscal en toda la cadena de
producción y distribución para garantizar que la rebaja se traspase efectivamente a los
consumidores. Se implementarán sistemas de monitoreo y fiscalización de precios liderados por
el SERNAC y el ISP para evitar que el beneficio sea absorbido por intermediarios.
Esta política, de iniciativa exclusiva presidencial, requiere de un proyecto de ley con dos títulos:
uno que cree la devolución transitoria y otro que establezca la eliminación permanente del
impuesto, definiendo plazos y disposiciones de transición. Su financiamiento se prevé mediante la
revisión de exenciones tributarias de bajo impacto social, mejoras en la eficiencia del gasto público
y reducción de evasión y elusión en el IVA, garantizando responsabilidad fiscal y sostenibilidad
de la medida